Destinatarios
*Personas que pueden realizarlo:
El cónyuge del difunto, los descendientes, los ascendientes, los parientes y, en defecto de ellos, toda persona capaz que hubiese visto el cadáver o en cuyo domicilio hubiese ocurrido la defunción con presentación de DNI.
Los administradores de hospitales, hospicios, cárceles, casas de huérfanos o de cualquier establecimiento público o privado, respecto a las defunciones ocurridas.
*Este trámite también puede llevarse a cabo en el juzgado de paz competente