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INSCRIPCIÓN DE GENERADORES DE EFLUENTES LÍQUIDOS, SÓLIDOS Y GASEOSOS

Repartición: DIRECCION DE FISCALIZACION AMBIENTAL


  ¿En qué consiste?
Registro para establecimientos industriales y comerciales radicados en la Provincia.
 
Provincial
 
Modalidad:
Lugar de atención

  Destinatarios
Toda empresa o industria generadora de efluentes líquidos, sólidos o gaseosos podrá gestionar la inscripción a través de personal autorizado que acredite su vínculo y carácter en la misma.
  REQUISITOS
Presentar una nota dirigida a la directora de Fiscalización Ambiental, Susana Gladys Meoni. Requerir allí la inscripción. Además, presentar:
1) La p
lanilla de inscripción de residuales, líquidos y sólidos prevista en el anexo II de la resolución 30/ 09-SEMA, conforme lo establece su artículo 5 (podrá solicitarse personalmente en la Dirección o por correo electrónico).
2) La declaración de clase y cantidad de materia prima e insumos sólidos, líquidos o gaseosos (incluidos combustibles) que participan en el proceso y que por sus características pudieren incorporarse al efluente por causas técnicas o accidentales.
3) El diagrama de bloques con descripción del proceso industrial.
4) Una copia del contrato social de la firma debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio, el número de CUIT, el contrato de locación o la escritura de dominio.
5) El comprobante de pago de la tasa administrativa (formulario 924 de la DGR) o la correspondiente estampilla adquirida en el Registro Inmobiliario.
6) El comprobante del depósito de inscripción.
  COSTO
1.00
Valor por hoja de la tasa general de actuación administrativa fijada a través de artículo 13 de ley 5636 deberá presentarse el formulario 924 de la DGR de la Provincia como comprobante del importe depositado.
1195.32
Costo del trámite conforme lo estipulado por el artículo 5 in fine de la resolución resolución 30 09 SEMA. Deberá ser depositado en el Banco del Tucumán mediante una boleta de depósito de cinco cuerpos provista por el mismo, en la cuenta 1049680 SGP Fiscalización Ambiental.
si
El costo fijado por la resolución 30 SEMA en su artículo 5 es reajustable cada seis meses en base al valor equivalente a 280 litros de gasoil.
  PROCEDIMIENTOS
Lugar de atención
  Ubicación
Departamento de Fiscalización Ambiental
Horario de atención
08:00 a 12:00 hs
Referente
Carlos Lucena
Dirección
Pasaje Dorrego 1080
Teléfono
0381 - 4525678- -
  MARCO LEGAL
  Observaciones
guzman46951@tucuman.gov.ar