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PAGO DEL IMPUESTO DE SELLOS CORRESPONDIENTE A PAGARÉS

Repartición: DIRECCION GENERAL DE RENTAS


  ¿En qué consiste?
Por todos los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso o susceptibles de apreciación económica, instrumentados en la provincia, se pagará el impuesto de sellos.
 
Provincial
 
Modalidad:
On line

  Destinatarios
Contribuyentes, responsables, etcétera.
  REQUISITOS
1) El pagaré.
2) La declaración jurada firmada del Impuesto de Sellos (formulario 950).
  COSTO
si
—1 % sobre la base imponible que surge del instrumento. Si se expresa en moneda extranjera, se considera al cambio pactado por las partes o al vigente al primer día hábil anterior a la fecha del acto.
  PROCEDIMIENTOS
Lugar de atención
  Ubicación
División Sellos
Horario de atención
08:15 a 13:15
Referente
María Alejandra Bulacio
Dirección
24 de Setiembre 960
Teléfono
(0381) 4503700 - 1403
Correo Electrónico
sellos@dgr.rentastucuman.gov.ar
  Formularios y Documentos
  Observaciones
guzman46951@tucuman.gov.ar