CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIONES CIVILES
Repartición: DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Documentación a presentar:
A.- Formularios de inicio de trámite Nº 1 (Reserva de Nombre), formulario Nº 2 (Solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica) y Carpeta Negra Oficio.
B.- Acta constitutiva: Si adopta Estatuto Modelo Anexo I, llenar Acta Constitutiva Anexo II. Si adopta Estatuto Propio, se deberá labrar Acta Constitutiva Propia.
C.- Estatuto social: a) si es Estatuto Tipo, agregar Anexo I aprobado por Resolución 200/15 DPJ, firmado por Presidente y Secretario en cada hoja. b) si es Estatuto Propio, transcribir Acta de Constitución y Estatuto firmada cada hoja por Presidente y Secretario.
D.- Nómina de autoridades que integran la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas y Tribunal de Conducta y Disciplina si lo hubiese (datos completos: nombre y apellido, D.N.I., domicilio, teléfono y firmas al margen de cada cargo).
E.- Nómina de asociados activos: Mínimo 50, datos completos y firmas. El número puede reducirse en caso de Entidades con objetos especiales con nota explicativa.
F.- Curriculum Vitae de todos los miembros (titulares y suplentes) de Comisión Directiva, Comisión Revisora de Cuentas y Tribunal de Conducta y Disciplina, si hubiere (incluyendo datos personales, familiares, estudios cursados, antecedentes y situación laboral solicitados por el modelo provisto por el organismo), en los casos de asociaciones de tipo profesional, educativo o que requiera condición especial en sus miembros, deberán presentar los títulos o documentos acreditativos de tal estado.
G.- Fotocopias de DNI de las autoridades: con firmas de presidente y secretario.
H.- Sellado de actuación administrativa solo primera hoja (Art. 20 de la Ley 8467, modificada por Decreto Nº 1.984/3(ME))
I.- Demostración
del patrimonio inicial que se podrá acreditar de acuerdo a lo siguiente:
El patrimonio inicial para la constitución
de Asociaciones Civiles de la Provincia de Tucumán, será el correspondiente a
MEDIO SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL. El mismo podrá hacerse efectivo
mediante:
1) Deposito en Banco Oficial en su totalidad, realizado en nombre de la entidad en trámite para el retiro oportuno por presidente o persona autorizada una vez otorgada la autorización para funcionar. La boleta de depósito debe estar adjuntada en Formulario Nº2 de Constitución
2) Bienes: deben aportar un inventario de bienes con valuaciones suscripto por Contados Público Nacional independiente, con certificación de firmas del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán, y firmado por tesorero y presidente de la entidad.
J.- Constatación de domicilio. En el acto de Constatación de Domicilio el Escribano o Juez de Paz deberá asentar: 1.- La existencia y aptitud del lugar requerido para la sede social; 2.- La presencia del titular registral de dominio, del tenedor o del poseedor del inmueble quien deberá acreditar en dicho acto su condición de tal, y quedar asentado en el acta; y 3.- La autorización expresa del titular registral del dominio, del tenedor o del poseedor a la utilización del inmueble como domicilio legal institucional de la persona jurídica.
K.- Radio de acción de la asociación delimitado en forma precisa y croquis de la ubicación de la asociación.
L.- Escrito inicial. La solicitud de constitución de la asociación debe ser encabezada con un escrito que contenga el objeto de la presentación y la enumeración de la documentación agregada a sus efectos. La presentación del escrito que contenga el objeto de la pretensión y el detalle de la documentación, servirá al administrado para controlar el cumplimiento total de las formalidades exigidas por esta dirección.