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PLANES DE FACILIDADES DE PAGO PARA LOS IMPUESTOS INMOBILIARIOS, A LOS AUTOMOTORES Y RODADOS Y TASAS USO DEL AGUA.

Repartición: DIRECCION GENERAL DE RENTAS


  ¿En qué consiste?
La Dirección General de Rentas podrá conceder facilidades de pago para la cancelación de los tributos incluyendo sus intereses, recargos y otros accesorios, adeudados al momento de presentación de la solicitud correspondiente.
 
Provincial
 
Modalidad:
Lugar de atención

  Destinatarios
Público en general.
  REQUISITOS
Impuesto Inmobiliario y a los Automotores y Rodados
 1) Completar el formulario F.906 y presentarlo en la oficina Planes de Pago
 2) Justificar titularidad, si el titular no figura registrado en la base de datos del impuesto:
 a) Automotores: Presentar fotocopia de: Boleto de Compraventa   sellado, Título del Automotor o Formulario 08 del Registro de la   Propiedad del Automotor.
 b) Inmobiliario: Presentar fotocopia de: Boleto de Compraventa sellado,   Escritura Pública o informe del Registro Inmobiliario.
 3) Presentar DNI y CUIT o CUIL.
 4) Si el solicitante del plan no es el titular del impuesto, presentar el   formulario F.902 con la firma de este certificada por Escribano Público,   Juez de Paz o Entidad Bancaria.
 5) Exhibir originales de la documentación a presentar.

 Tasa al Uso Especial del Agua
 1) Completar formulario F.907 y presentar por Mesa de Entradas el   Formulario de Comunicación de Períodos Impagos.
 2) Justificar titularidad: Si el titular no figura registrado en la base de   datos del impuesto, presentar fotocopia del Boleto de Compraventa   sellado, Escritura Pública o un Informe del Registro Inmobiliario.
 3) Presentar documento de identidad y CUIT o CUIL.
 4) Exhibir originales de la documentación a presentar.
  COSTO
Gratuito
GRATUITO.
  Ubicación
División Atención Impuestos Patrimoniales
Horario de atención
8:00 a 13:30 y 17:00 a 19:30 hs
Referente
CPN. Karina Dellordi
Dirección
24 de Septiembre 960
Teléfono
0381 - 4503700 - 0401 - 0402
Correo Electrónico
dellordik@dgr.rentastucuman.gov.ar
  Formularios y Documentos
  Observaciones
Inmediato para Inmobiliario y Automotores en casa central de San Miguel de Tucumán y receptorías de Aguilares, Banda del Río Salí, Capital Federal, Concepción, Famaillá, Juan Bautista Alberdi, Lules, Monteros, Simoca, Tafí del Valle, Tafí Viejo, Trancas, Yerba Buena y Plazoleta Mitre. 5 a 10 días hábiles para el resto de los tributos (F.907).
Para las restantes receptorías entre 10 y 15 días.
Los pagos parciales serán mensuales y consecutivos y con cada uno de ellos se ingresará una proporción del saldo que resta cancelar.
Cada pago parcial (proporción del saldo adeudado en concepto de capital) no podrá ser inferior a $16,67.- (Dieciséis pesos con 67/100).
 Los pagos parciales devengarán los intereses previstos en el artículo 48 del Código Tributario Provincial, desde la fecha de vencimiento general de cada deuda (posición, cuota, etc.) hasta la fecha de cada pago parcial, hasta su total cancelación.





guzman46951@tucuman.gov.ar