*Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público provincial, elabore el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera. *Proponer al órgano coordinador de los sistemas de administración financiera los lineamientos para la elaboración de los presupuestos del sector público provincial. *Dictar las normas técnicas para la formulación, programación de la ejecución, modificaciones y evaluación de los presupuestos de la administración provincial. *Dictar las normas técnicas para la formulación y evaluación de los presupuestos de las empresas y sociedades del Estado. *Analizar los anteproyectos de presupuesto de los organismos que integran la administración provincial y proponer los ajustes que considere necesarios. *Analizar los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades del Estado y presentar los respectivos informes a consideración del Poder Ejecutivo provincial. *Preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto General de Recursos y Gastos de la Administración Pública Provincial y fundamentar su contenido. *Aprobar, juntamente con la Tesorería General de la Provincia, la programación de la ejecución del presupuesto de la administración provincial preparada por las jurisdicciones y entidades que la componen. *Asesorar, en materia presupuestaria, a todos los organismos del sector público provincial y difundir los criterios básicos para un sistema presupuestario compatible a nivel de las municipalidades. *Coordinar los procesos de ejecución presupuestaria de la administración provincial e intervenir en los ajustes y modificaciones a los presupuestos, de acuerdo a las atribuciones que le fije la reglamentación. *Evaluar la ejecución de los presupuestos, aplicando las normas y criterios establecidos por la Ley de Administración Financiera, su reglamentación y las normas técnicas respectivas. *Las demás funciones que le confiera la Ley de Administración Financiera y su reglamento.
*Entender en el estudio y análisis de las técnicas presupuestarias, así como en la formulación y evaluación del presupuesto provincial compatibilizándolo con los objetivos del Plan Anual Fiscal.