*Elaborar, juntamente con la Dirección General de Presupuesto, la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración Provincial y programar el flujo de fondos de la Administración Central *Centralizar la recaudación de los recursos de la Administración Central *Conformar el presupuesto de caja de los Organismos Descentralizados, supervisar su ejecución, transfiriéndoles los importes autorizados que éstos recibirán de acuerdo con la Ley General de Presupuesto *Administrar el Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (F.U.C.O.), de la Administración Provincial *Entender en la emisión de títulos públicos conforme a la normativa vigente *Ejercer la supervisión técnica de los Servicios Administrativos Financieros que correspondan, en aspectos referidos al manejo de fondos *Elaborar anualmente el presupuesto de caja de la Administración Centralizada, realizar su seguimiento y la evaluación de su ejecución *Emitir opinión previa sobre las inversiones temporales de fondos, que realicen las entidades del sector público provincial, en instituciones financieras del país o del extranjero *Custodiar los títulos y valores de propiedad de la Administración Central o de terceros que se pongan a su cargo *Ejercer las funciones que, en el marco de la Ley de Administración Financiera, le adjudique la reglamentación *Entender en la Administración de Personal, supervisando asimismo la Mesa de Entradas y Salidas y los Servicios Generales del Organismo
*Entender en el manejo de los ingresos y egresos de fondos y valores que componen el Tesoro Provincial, de acuerdo a las prescripciones de la Ley de Administración Financiera.