*Reemplazar en sus funciones al Secretario de Comunicación Publica, en caso de ausencia y/o impedimento de éste. *Ejercer todas aquellas funciones y actividades que expresamente le delegue el Secretario de Estado de Comunicación Pública. *Proponer al Secretario de Estado de Comunicación Publica, las políticas, programas y proyectos que estime conveniente para el mejor desarrollo de sus acciones en su ámbito de competencia. *Colaborar con la Superioridad en la elaboración de proyectos de normas generales, en materia de su competencia. *Resolver por sí todo asunto interno del área que no requiera decisión de la Superioridad.
*Asistir a la Secretaria de Estado de Comunicación Pública en todas las cuestiones referentes al Organismo y en la aplicación de normas en la materia.