Atención de los expedientes derivados a dictamen y que versen sobre las siguientes materias: Renuncias, cesantías y licencias. Designaciones, promociones, reconocimientos de servicios, traslados. Otorgamiento de subsidios y donaciones. Sumarios sustanciados por los distintos organismos de la administración. Anteproyectos de leyes elaborados por las distintas áreas administrativas, debiéndose ajustar en este supuesto a lo normado por el Decreto Acuerdo 45/14 (SGG). En general, toda otra cuestión que no está comprendida dentro de las taxativamente enumeradas como de competencia del Departamento de Contralor. Actos administrativos a dictarse cuando estos sean de autorización o de aprobación, tanto de actos administrativos como de comportamiento de particulares. Recursos Administrativos. Actuaciones que tengan por objeto el dictado de un acto administrativo de intervención a un ente autárquico o de cualquier otro organismo centralizado o descentralizado. Elaborar anteproyectos de leyes y reglamentos (decretos). Solicitar de los distintos organismos, la documentación que considere necesaria para la preparación de los proyectos de dictámenes. Colaborar con el señor Fiscal de Estado en el asesoramiento personal que se presta a nivel de Gobernación y Ministerios.
Confeccionar los correspondientes proyectos de dictámenes sobre los temas jurídicos de su competencia y que son planteados por las distintas áreas de la Administración Pública centralizada y descentralizada, cuando en las mismas deba recaer decisión del Poder Ejecutivo. Colaborar con el Fiscal de Estado en el estudio de la legislación vigente, para su actualización y mejoramiento.