RUBRICA OPTICA DE LIBROS - REGISTRO PUBLICO - Gobierno de Tucumán
RUBRICA OPTICA DE LIBROS - REGISTRO PUBLICO

detalle
¿En qué consiste?
Solicitud de Rubrica Optica de Libros
  REQUISITOS

A).- Presentación Formulario N° 40  (solicitud de cambio de sistema).

Con el mismo se debe adjuntar:

a.- Nota, con carácter de Declaración Jurada, firmada por el representante legal o de apoderado acreditando la representación que invoque, certificada notarialmente, con carácter de Declaración Jurada, con la cual debe:

   I. Consignar nombre, domicilio y datos de inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio.

   II. Informar denominación e individualización exacta de los libros que solicita su rúbrica.

   III. Describir del sistema de registración computarizado mediante diagrama de flujo del sistema propuesto, para la individualización de las operaciones y  el proceso de generación de soportes y archivo.

   IV. Diferenciar entre el sistema propuesto y el actualmente utilizado.

   V. Describir los elementos involucrados en la registración y procesamiento (Diagrama del sistema general de registración y almacenamiento).

   VI. Información que contienen los registros (Descripción de los campos que contienen los registros).

   VII. Inalterabilidad de las registraciones, seguridad del sistema y sinopsis del control interno para los controles generales del sistema.

   VIII. Modelo en blanco por duplicado y uno ejemplificativo del modelo computarizado “Diario General” propuesto.

   b.- Acompañar constancia de CUIT.

   c.- Informe especial emitido por Contador Público independiente, inscripto en la matrícula del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán, del cual surge:

   1.   El grado de inalterabilidad del medio de registración a emplear,

   2.   Las condiciones aptas para su visualización por pantalla y/o impresión en papel cuando fuera requerido por este u otro organismo.

   d)- Comprobante de pago de Tasa de Servicio Especial. Art. 16 Ley Provincial Nº 5.636: Pesos setenta y cinco $75.- por cada libro de hasta 500 folios. 

   e)- Adjuntar fotocopia de la primera y última foja del libro antecedente 

   f)- Acreditar pago de Tasa General de actuación de $50 por cada hoja (Art. 20 de la Ley 8467, modificada por Decreto Nº 1.984/3(ME))

   IMPORTANTE: Una vez realizado el cambio de sistema de registración con el Formulario N° 40, deberá presentar con formulario N° 41 (Rúbrica Óptica de Libros) la documentación cada vez que inicie una nueva solicitud de rúbrica a futuro.

  Ubicación
Dirección de Personas Jurídicas - Registro Público
Horario de atención
8:30 hs. a 12:30 hs
Dirección
24 de Setiembre 673
Teléfono
381 4301404 -
Correo Electrónico
Recepción de Oficios: registropublico@fiscaliatucuman.gob.ar
  Formularios y Documentos
  MARCO LEGAL
  PROCEDIMIENTOS
Lugar de atención
 Temáticas
Trabajo y empleo | Economía y Producción
 Modalidad de gestión
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