BAJA DE INSCRIPCIÓN O CESE DE ACTIVIDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - Gobierno de Tucumán
BAJA DE INSCRIPCIÓN O CESE DE ACTIVIDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

detalle
¿En qué consiste?
Los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que cesen las actividades gravadas por él, deberán comunicarlo a la DGR.
  Destinatarios
Contribuyentes locales.
  REQUISITOS
Personas físicas o jurídicas
Los contribuyentes y responsables deberán completar y enviar el formulario de declaración jurada 909 conjuntamente con copia suscripta por el contribuyente o responsable, de los siguientes elementos según corresonda:
1) Reflejo de datos registrados del sistema registral de la AFIP, donde conste la baja del contribuyente o responsable;
2) Contrato de transferencia y/o venta del fondo de comercio;
3) Acta o instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad
de que se trate o disposición legal pertinente donde se resuelve la disolución social o cese de actividades;
4) Certificado de defunción, siempre que la actividad no sea continuada por la sucesión indivisa, en cuyo caso la inscripción proseguirá a nombre de la misma -cumplimentando la modificación de los datos de la solicitud de inscripción que corresponda ante los respectivos órganos de contralor (vgr. Registro Público de Comercio);
5) Auto de declaratoria de herederos.

Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, la DGR podrá exigir cualquier otro elemento, la exhibición de la documentación original que se presenta para su cotejo o el cumplimiento de algún otro medio de prueba que considere necesaria a los fines de dar curso a la solicitud presentada. Podrá solicitar, entre otros:
1) la exhibición del último talonario de facturas emitidas y todos los talonarios siguientes no utilizados;
2) copia de la escritura de compraventa o rescisión del contrato de alquiler del local donde se declaró desarrollar la actividad o documentación que acredite la entrega al propietario del mismo, de la baja del medidor de energía eléctrica y de las últimas facturas de dicho servicio;
3) constancia definitiva de baja o cese municipal o comunal, constancia de no inscripción tributaria municipal o comunal, con certificación contable emitida por Contador Público Nacional con firma certificada por el respectivo colegio profesional.

Deben tener cumplimentadas las obligacions fiscales a la fecha del cese.

  COSTO
Gratuito
  Ubicación
SECCIÓN ATENCIÓN IMPUESTOS DECLARATIVOS
Horario de atención
8:15 a 13:15
Referente
Alejandra Natalia Bortolozzo
Dirección
24 de Septiembre 960
Teléfono
(0381) 4503700 - 0402 - 0405
Correo Electrónico
inscripcionycesedeclarativosdgr.rentastucuman.gov.ar
  Formularios y Documentos
  Observaciones
  Preguntas frecuentes
¿Qué documentación debe adjuntarse en ese caso?
Si el formulario 909 es presentado y firmado por persona autorizada, apoderado o representante legal, se debe adjuntar la documentación que acredite el carácter invocado o el formulario 902. Además de la documentación requerida para cada caso".

¿Qué hacer ante el fallecimiento del titular del impuesto?
Adjunte copia del certificado de defunción y el auto de declaratoria de herederos. Debe tener regularizado el impuesto por el cual se solicita la baja hasta el mes en que produce el cese inclusive. Toda la documentación debe estar firmada por el titular o representante. Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, la DGR podrá exigir cualquier otro elemento o el cumplimiento de algún otro medio de prueba que considere necesario a los fines de dar curso a la solicitud presentada.

¿Cómo se realiza el trámite?
Previa constatación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la presente resolución general, y de encontrarse regularizadas las obligaciones tributarias correspondientes, la DGR remitirá al domicilio fiscal electrónico copia del formulario 909/A que operará como baja provisoria de inscripción en el impuesto y servirá como prueba del trámite iniciado. Una vez verificada la situación fiscal del contribuyente o responsable, se remitirá al domicilio fiscal la constancia de baja (formulario 910) expedida por la DGR. En ella se indicará cada uno de los impuestos o regímenes por los cuales se otorga la correspondiente baja de inscripción. Revestirá el carácter de única y definitiva. Además, deben encontrarse: 1) cumplimentados fehacientemente los requisitos exigidos por la presente reglamentación y los no cumplidos oportunamente, y 2) satisfechas y/o abonadas las obligaciones tributarias que como contribuyente o responsable le hubiera correspondido cumplir, según el impuesto o régimen de que se trate conforme a lo establecido en el Código Tributario Provincial.

¿Qué debo hacer si presento constancia de no inscripción municipal o comunal?
Además de los requisitos generales, deberá adjuntar: 1) certificación contable, emitida por CPN con firma colegiada o exposición policial, que indique la fecha de cese de actividad, y 2) otro elemento que pruebe fehacientemente la fecha del cese que se declara (por ejemplo, rescisión de contrato de alquiler donde desarrollaba su actividad, baja del medidor de EDET, etcétera).

¿Qué debo hacer en caso de no poseer empleados?
Declararlo en la certificación o exposición policial.

¿Quiénes pueden realizar el trámite?
El titular, el gerente o el apoderado. Deben presentar: 1) fotocopia del DNI del titular o firmante, y 2) contrato social, acta constitutiva, etcétera.

¿Qué debo hacer si registro inscripción en el impuesto para la salud pública?
Previamente debe solicitar la baja en ese impuesto.

¿Qué debo adjuntar si soy profesional universitario?
Adjuntar la constancia de baja de matrícula, o bien la matrícula pasiva, o bien la de que no desarrolla actividad. Cualquiera de ellas debe haber sido expedida por el colegio o círculo correspondiente.

  PROCEDIMIENTOS
On line
Descripción
Para realizar el trámites se  deberá acceder a través del link denominado “Servicios con Clave Fiscal”, al servicio “Trámites Web”, opción “Solicitud de Cese” que se encuentra disponible en el sitio web de este Organismo (www.rentastucuman.gob.ar), donde se deberá completar y enviar la respectiva documentación.
 Temáticas
Ciudadanía
 Modalidad de gestión
On line

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