INSCRIPCIÓN DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTOS Y DE DEFUNCIONES - Gobierno de Tucumán
INSCRIPCIÓN DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTOS Y DE DEFUNCIONES

detalle
¿En qué consiste?
Trascripción de actas de nacimiento y de defunción de otras jurisdicciones, provincias o países a este Registro Civil.
  Destinatarios
Personas que pueden realizarlo: Menor de 16 años: El menor debe concurrir con el padre, madre o tutor.
Mayor de 16 años: Concurrir el interesado.
  REQUISITOS
*Nota dirigida a la Sra. Directora del Registro Civil, Dra. Carolina Bidegorri, solicitando la transcripción del acta firmada ante el funcionario de mesa de entradas. •
*Acta original (de Nacimiento o Defunción), legalizada y apostillada (apostilla de La Haya, salvo en caso que se trate de países limítrofes) traducida si es en idioma extranjero por Traductor Público Oficial, y legalizada la firma del mismo en la corte Suprema de Justicia. Cuando se trate de países limítrofes o cuando el documento que provenga de países no limítrofes no posea la apostilla correspondiente, debe ser certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores situada en la provincia de Bs. As.
  Ubicación
Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
Horario de atención
8 a 13 Hs.
Referente
BIDEGORRY, MARIA CAROLINA
Dirección
ayacucho 357
Teléfono
+54 381 4319453 -
  MARCO LEGAL
  Observaciones
Para nacimientos que sucedieron fuera del país es necesaria el acta legalizada por el Cónsul Argentino y verificación de la firma del Cónsul en el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Estas firmas pueden ser reemplazadas por la Apostadilla de La Haya. Si es acta de matrimonio, previa a la presentación de la nota en el registro civil, los interesados se deberán presentar en el Juzgado Civil de Familia para que el juez realice una Información Sumaria y esta origina un oficio resolutivo que autoriza la trascripción del acta de matrimonio.
La inscripción de una defunción la realiza cualquier interesado que acredite parentesco con la persona fallecida.
Tiempo estimado de demora: Hasta 3 semanas hasta que la verificación de la documentación y la emisión de la resolución que ordena la transcripción.
  PROCEDIMIENTOS
Lugar de atención
 Temáticas
Ciudadanía
 Modalidad de gestión
Lugar de atención

Consultas y sugerencias

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 PALABRAS RELACIONADAS
  • nacimientos
  • actas
  • defuncion

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