REQUISITOS
Trámites Previos:
A.-Formularios de inicio de trámite Nº1 (Reserva de Nombre) y Formulario N° 3 (Constitución).
B.-Acta de fundación conforme modelo tipo o propio.
C.-Estatuto, (tipo o propio) con firma del presidente y secretario en todas sus hojas. No transcripción.
D.-Nomina de Consejo de Administración – con sus datos particulares y firma de cada uno al lado de sus datos.
E.-Nomina de adherentes con datos particulares (si los hubiera).
F.-Fotocopia de DNI de los miembros del Consejo, con firma de presidente y secretario.
G.- Curriculum de los miembros del Consejo de Administración acreditando, con antecedentes, condiciones o idoneidad para el desarrollo del objeto propuesto. .
H.-Plan trienal firmado por presidente y secretario acompañado de Base Presupuestaria firmada por presidente y tesorero, en la que se detallarán los ingresos y egresos, estimados años por año, reflejándose los egresos que se proponga destinar a cada una de las actividades previstas en el plan de acción, el que se acompañará, también, con certificación del CGCET, una vez que dicha Base Presupuestaria tenga dictamen favorable de esta Dirección.
I.- En cuanto al domicilio legal de la Persona Jurídica en Constitución, debe presentar título de propiedad que acredite identidad del titular dominial de la misma, instrumento suficiente por el cual el titular de dominio autoriza a la Fundación en formación, al uso y goce del inmueble que se trate (contrato de locación, contrato de comodato, nota de autorización con firma certificada Escribano Público) .
J.-Realizar depósito inicial de garantía (del Banco del Tucumán). Monto $50.000 o acompañar declaración de bienes propios de la Fundación que alcance solo el 50% de los $50.000, firmado por Contador Público Nacional y certificado por el Colegio de Graduados de Cs. Económicas.
K.-Sellado de actuación administrativa de $ $50 solo primera hoja (Art. 20 de la Ley 8467, modificada por Decreto Nº 1.984/3(ME))
L.-Verificación domiciliaria (sede declarada) por
escribano público cuya constatación será aportada conjuntamente con el
Instrumento Público de la Constitución. En caso que el patrimonio declare
bienes, el fedatario dará cuenta de su existencia en el domicilio legal. Formulario 7F