¿En qué consiste?
Reforma de Estatutos de fundaciones.
Destinatarios
PERSONAS QUE PUEDEN REALIZARLO:
1.- Miembros del Consejo de Administración y/o Fundadores.
2.- Toda persona con poder o autorización suficiente para la realización del trámite.
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE:
ESCRITO INICIAL: Todos los Formularios deben incluir un escrito que contenga el objeto de la presentación y la enumeración de la documentación agregada a sus efectos. La presentación del escrito que contenga el objeto de la pretensión y el detalle de la documentación, servirá al administrado para controlar el cumplimiento total de las formalidades exigidas por esta dirección.
Formulario N° 8
1).- Copia de Acta de Reunión de Consejo de Administración que aprobó la reforma estatutaria, (copia autenticada con firma en tinta azul del presidente y secretario) que detalle cada uno de los artículos modificados su aprobación individual por mayoría o unanimidad firmada por los presentes.
2).- Nuevo texto ordenado del Estatuto reformado, con firma de presidente y secretario del Consejo de Administración en todas sus hojas.
Ubicación
Dirección de Personas Jurídicas - Fundaciones
Horario de atención
8:00 hs. a 13:00 hs
Dirección
24 de Septiembre 763
Formularios y Documentos
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Formulario Nº 8
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Formulario N°7
Temáticas
Adultos Mayores | Mujer | Jóvenes | Menores | Trabajo y empleo | Economía y Producción
Modalidad de gestión
Lugar de atención
PALABRAS RELACIONADAS
- fundaciones
- FUNDACION
- ESTATUTO
- reforma
- estatuto