REQUISITOS
1.- Formulario Nº 24.-
2.- Copia certificada notarialmente del instrumento constitutivo y modificaciones inscriptas en el registro público de la jurisdicción de origen.-
3.- Constancia de Inscripción emitida por el Registro Público de la jurisdicción de origen que acredite la vigencia de la sociedad que desea abrir una sucursal.
4.- Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original, con firmas certificadas, conteniendo la decisión de la apertura de la sucursal, su ubicación y la designación del representante a cargo de la misma, con sus datos de identidad completos según artículo 11 Inc. 1, Ley 19.550, y la indicación de las facultades que se le confieren conforme articulo 358 y sgtes. del Código Civil y Comercial de la Nación. El poder otorgado deberá ser protocolizado en Escritura Pública, la que se inscribirá conjuntamente. Los instrumentos deberán ser presentados en un original y dos copias simples.
5.- Tasa General de actuación de $1 por cada hoja (Art. 20 de la Ley 8467.)
6.- Los instrumentos deberán ser presentados en al menos un original y dos copias simples.
7.- Acredite domicilio de la sede social mediante Acta de Constatación emitida por escribano o autoridad pública competente.-
8.- Título de propiedad del inmueble que se constituye en sede de la persona jurídica en la jurisdicción; o contrato que habilite a la sociedad para el uso y goce del mismo, o en su autorización expresa del titular de dicho derecho para que la sociedad constituya su sede social en dicho domicilio debiendo este último acreditar también tal calidad.