SOLICITUD DE CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - Gobierno de Tucumán
SOLICITUD DE CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

detalle
¿En qué consiste?
Cuando realicen trámites ante los distintos organismos del Estado provincial para inscribir, registrar, celebrar o intervenir actos, los contribuyentes y responsables deberán previamente demostrar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la presentación de Certificado de Cumplimiento Fiscal vigente expedido por la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS TUCUMAN. Objetivo: Verificar que los proveedores de bienes y/o servicios del Estado Provincial hayan dado cumplimiento con sus obligaciones tributarias.
  Destinatarios

Contribuyentes del Fisco Provincial que lo soliciten.

  REQUISITOS

-  Registrar inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

-  Registrar adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de Tucumán.

-  Poseer Clave Fiscal otorgada por AFIP

-  Poseer incorporado en Servicios AFIP la Relación Rentas Tucumán
  COSTO
Gratuito
  Observaciones

FORMULARIOS Y RECURSOS.

-  La solicitud del Certificado de Cumplimiento Fiscal se genera mediante el sistema una vez realizado el trámite web.

-  En caso de no poseer deuda líquida y exigible a la fecha de presentación en impuestos provinciales, la DGR de Tucumán emite un Certificado válido por 180 días (público en Gral.) o 360 días (excepción establecida en el artículo 1 párrafo 3 de la RG (DGR) N° 23/09), en ambos casos se trata de días corridos,

-  Si se detectan incumplimiento en las presentaciones de declaraciones juradas y/o pagos emite un Informe de Inhabilitación con las observaciones encontradas, las cuales deben regularizarse en un plazo de 15 días hábiles de notificado en su Domicilio Fiscal Electrónico.

-  Una vez regularizadas las observaciones efectuadas debe comunicar la regularización en la opción Trámites Web.

-  En caso de estar en desacuerdo con las observaciones realizadas en el Informe de Inhabilitación puede optar por realizar Recurso del art. 144 del CTP, trámite que se realiza por Mesa de Entradas y Salidas de la DGR.

  Preguntas frecuentes
¿Quiénes pueden obtener Certificado de Cumplimiento Fiscal?
Los sujetos pasivos que tengan presentadas y pagadas las DDJJ mensuales y anuales y que no tuvieran deuda líquida y exigible en ningún impuesto provincial bajo su titularidad.

¿Cuándo pueden realizarlo?
Si tiene certificado vigente lo puede solicitar 15 días hábiles administrativos antes de su vencimiento.

¿Cuánto demora?
El plazo para emitir Certificado o Informe de Inhabilitación por parte de la DGR es de hasta quince (15) días hábiles administrativos después de formulada la correspondiente solicitud

¿Cuál es el plazo para subsanar los incumplimientos notificados?
Quince (15) días hábiles.

¿Cómo se debe hacer el descargo una vez subsanados los incumplimientos notificados?
Debe comunicar la regularización en Tramites Web mediante el uso de la Clave Fiscal.

¿Cómo se debe hacer el descargo una vez subsanados los incumplimientos notificados?
Debe comunicar la regularización en Tramites Web mediante el uso de la Clave Fiscal.

¿Cómo obtener las copias?
Puede obtener copia válida en la página web de la DGR (www.rentastucuman.gob.ar) , en el apartado “Certificado de Cumplimiento Fiscal” opción “Consulta” hasta el último día hábil de su vigencia. También en la Opción Trámites Web opción Solicitud de Cumplimiento Fiscal, al consultar su trámite.

¿Qué normas regulan el trámite?
RG (DGR) N° 23/09 y Código Tributario Provincial.

  PROCEDIMIENTOS
On line
Descripción
El trámite se realiza únicamente a través de:
-  www.rentastucuman.gob.ar: accediendo a la opción Servicios con Clave Fiscal.

-   www.afip.gob.ar: accediendo a la relación Rentas Tucumán.

 En ambos casos se accede con Clave Fiscal de AFIP

 PASOS:

 -  Ingresar a la opción TRAMITES WEB y seleccionar NUEVO TRÁMITE y posteriormente SOLICITUD DE CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL.

-   Marcar la opción SIGUIENTE y aceptar.

-   El sistema emite ACUSE DE RECEPCIÓN DEL TRAMITE que contiene la identificación del contribuyente y el respectivo número de expediente.

-   Al consultar el trámite se indica el estado del mismo:

-  INICIADO: el contribuyente ha solicitado el trámite.

-  EN CURSO: el expediente se encuentra en proceso.

-  CON INFORME DE INHABILITACIÓN: informe en el cual se indican las observaciones realizadas por la DGR. El detalle de dichas observaciones puede consultarse en su Domicilio Fiscal Electrónica.

-   APROBADO: con CERTIFICADO EMITIDO y puede imprimirse desde esta opción o bien desde el menú principal, opción Constancias y Certificados-Cumplimiento Fiscal.

-  En caso de poseer informe de inhabilitación, cuando las mismas se encuentren regularizadas deberá informar dicha situación. El descargo solo tiene validez si se subsanan los incumplimientos en los términos establecidos por la RG (DGR) N° 23/09, dentro de los 15 días hábiles de notificado. A tal efecto deberá ingresar en Trámites Web opción COMUNICACIÓN DE REGULARIZACIÓN.

-  Se aclara que en la opción de COMUNICACIÓN, también se encuentra el botón RECURSO ART. 144 que tiene solo fines informativos. Es para aquellos contribuyentes que deseen interponer Recurso de Reconsideración a las observaciones notificadas mediante Informe de Inhabilitación. El interesado debe presentar por escrito el mencionado Recurso por Mesa de Entradas y Salidas de la DGR Tucumán, cumpliendo con lo normado por el Código Tributario Provincial e implica la intervención del Departamento Técnico Legal a los fines de emitir informe en un plazo de 30 días hábiles.

 Temáticas
Adultos Mayores | Ciudadanía
 Modalidad de gestión
On line

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