Tiene a su cargo la administración de las prestaciones y los servicios nacionales de la Seguridad Social en la República Argentina.
- Ejecutar las políticas adoptadas por el Estado Nacional en materia de seguridad social, asegurando que la población beneficiaria de las mismas obtenga las prestaciones y los servicios regulados por las normas vigentes. - Administrar con eficacia y responsabilidad social el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Podés recibir el pago mensual que realiza la ANSES por cada hija o hijo menor de 18 años, o sin límite de edad en el caso de hija o hijo con discapacidad.
Si sos trabajador en relación de dependencia o autónomo, no importa tu edad o antigüedad en el servicio, y estás incapacitado física o intelectualmente en un 66% para el desempeño de cualquier actividad compatible con tus aptitudes profesionales, podés solicitarlo.
Si reunís los requisitos de edad (60 años para las mujeres y 65 para los hombres) y 30 años de servicios con aportes, podés iniciarla hasta 3 meses antes de cumplir con la edad requerida. Esto puede variar según la actividad y las características del trabajador.
Si tenés más de 65 años y no contás con los años de aportes requeridos para obtener una jubilación ordinaria podés acceder al Beneficio
Si una persona al momento de su fallecimiento trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista, los familiares pueden tramitarla.
Esta dirigido hombres y mujeres de 70 años con al menos 10 años de aportes, sean como trabajadores en relación de dependencia o autónomos.
Si sos jubilado o pensionado reclamá los haberes que no pudiste cobrar, dentro de los dos años posteriores a la fecha en la cual deberías haberlo hecho.
ANSES solicitó a las entidades bancarias que la fe de vida ya no se realice de forma presencial. De esta forma, los bancos deberán ofrecer alternativas digitales de hacer el trámite.
Si fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión. Pueden solicitarla: cónyuge o conviviente e hijas/os solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación)