¿En qué consiste?
Se otorga la vigencia catastral del Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva, a efectos de “constituir parcela”.
Destinatarios
Público en general/Oficio Judicial
REQUISITOS
1) Planos del año 2005 en adelante, puesta en vigencia sólo mediante Oficio Judicial.
2) Sentencia Judicial/Hijuela: original y copia.
3) Documento que acredite interés legítimo (según cada caso): original y copia.
4) Constancia de CUIT o CUIL.
5) Declaración jurada de constitución de domicilio fiscal, disponible en Mesa Gral. de Entradas y en la Web.
6) Consignar Domicilio Especial de Ley en S.M. de Tucumán (Art. 21 Ley N° 4537/6311).
7) Nº de Tel. Móvil: recibirá un mensaje automático cuando su expte. se encuentre en Mesa de Entradas para ser retirado.
COSTO
Lugar de pago
Mesa G. de Entradas
Ubicación
Horario de atención
8.30 a 12.30 hs.
Referente
Personal de atención al público
Dirección
Av. Benjamín Aráoz 96
Detalle
Para solicitar asesoramiento: Oficina de Atención al Usuario en Mesa G. de Entradas- Planta Baja.
Teléfono
(0381) 421 7399 / 421 2832 / 4302748 -
Correo Electrónico
sistemas@dgc-tuc.gov.ar
MARCO LEGAL
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Ley Nª 7263
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Ley Nª 3907/73: Creación de la DGC
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Res. 919/2005 y su modific Res. 595/2006
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Res. 716/2010 Formulario para la puesta en vigencia de planos de mensura de prescripción adq. mediante sentencia judicial.
Observaciones
La solicitud se presenta y retira por Mesa Gral. de Entradas. Planos del año 2005 en adelante, puesta en vigencia sólo mediante Oficio Judicial.
Modalidad de gestión
Lugar de atención
PALABRAS RELACIONADAS
- vigencia
- plano
- prescripcion