Coordinar la labor de los distintos Organismos e Instituciones que se incorporen a la organización. Controlar la ejecución de cometidos relativos a la realización de obras, prestación de servicios y organización de eventos vinculados al objeto del Ente, efectuados por los Organismos pertenecientes a la Administración Centralizada y Entes Descentralizados. El control se efectuará en la forma y oportunidad que se determine en la reglamentación que al efecto se dicte. Aprobar, proyectar, contratar, ejecutar, financiar por cuenta propia o de terceros obras de infraestructura. Adquirir bienes y derechos, y contraer las obligaciones para el desenvolvimiento de su objeto.